El Ayuntamiento de Estepona, a través de la Delegación Municipal de Desarrollo Local, junto con la Unidad Territorial de Empleo “Consorcio Sierra Bermeja” y informa que la consejería de Turismo, Comercio y Deporte de la Junta de Andalucia ha publicado la Orden de 9 de noviembre de 2006 y 9 de diciembre de 2006, respectivamente, por las que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Deporte y Turismo.
Las modalidades de actuación y beneficiarios son los siguientes:
En materia de Deporte: Modalidad 1: Infraestructuras y Equipamientos Deportivos: Entidades Locales de Andalucía y sus Organismos Autónomos. Modalidad 2: Fomento del Deporte Federado: Federaciones y confederaciones deportivas andaluzas. Modalidad 3: Fomento del Deporte Universitario: Universidades públicas andaluzas. Modalidad 4: Fomento del Deporte Local: Entidades Locales de Andalucía y sus Organismos Autónomos. Modalidad 5: Participación en competiciones oficiales: Clubes deportivos andaluces y las Secciones deportivas contempladas en el artículo 20 del Decreto 7/2000, de 24 de enero, de Entidades Deportivas Andaluzas. Modalidad 6: Investigación en el ámbito de la Medicina del Deporte: Universidades públicas andaluzas, así como los Organismos y los Centros Públicos de Investigación con personalidad jurídica propia ubicados en Andalucía. Modalidad 7: Formación en materia de deporte: las personas jurídicas sin ánimo de lucro relacionadas con el asesoramiento y la aplicación del Derecho o cuyas actividades relacionadas con el Deporte resulten de interés para la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, así como las Federaciones y Confederaciones deportivas andaluzas que impartan formación en materia deportiva autorizada por la propia Consejería.
En materia de Turismo: Modalidad 1 (ITL): Infraestructuras Turísticas: Entidades Locales de Andalucía. Modalidad 2 (ITP): Servicios turísticos y creación de nuevos productos: Pequeñas y medianas empresas (pymes). Modalidad 3 (PLY/PPY): Actuaciones integrales que fomenten el uso de las playas: Entidades Locales costeras de Andalucía (PLY) y pequeñas y medianas empresas (PPY). Modalidad 4 (FTE): Fortalecimiento del tejido empresarial turístico andaluz: Entidades asociativas sin ánimo de lucro de ámbito regional o supraprovincial andaluz. Modalidad 5 (SCT): Implantación de sistemas de calidad: Entidades Locales de Andalucía y pequeñas y medianas empresas (pymes). Modalidad 6 (FFI): Formación, fomento de la cultura de la calidad e investigación en materia de turismo: Personas físicas y los entes públicos y privados siempre que entre sus actividades se pueda encuadrar la realización de programas de formación, sensibilización de la cultura de la calidad e investigación en materia de turismo.
En función del tipo de beneficiario serán objeto de subvención líneas como:
En materia de Deporte: Construcción de nuevas instalaciones deportivas, obras de reforma, ampliación, mejora o finalización de instalaciones deportivas, equipamientos deportivos básicos de instalaciones deportivas, entendiendo como tales el suministro de bienes inventariables, el desarrollo de programas de rendimiento, la organización, promoción y ejecución de actividades deportivas ordinarias, la gestión y funcionamiento ordinario, la organización y/o participación en Campeonatos de Andalucía Universitarios, la organización de programas de actividades deportivas propias, y la adquisición de equipos, aparatos y material médico deportivo.
En materia de Turismo: construcciones, excluidos los terrenos, trabajos de proyectos y dirección facultativa, mobiliario, instalación y decoración, equipos para proceso de información, maquinaria y Utillaje, planes de Marketing y Comercialización Turística, y cualquier otra actuación que redunde en una mayor calidad en la prestación de servicios turísticos y un desarrollo integral de los recursos y productos turísticos de Andalucía.
El plazo de presentación de solicitud de ayudas deportivas estará abierto del 1 al 28 de febrero de cada año, y de ayudas turísticas del 15 de enero al 15 de febrero de cada año (en este último caso, las ayudas tendrán un límite de hasta un 40% y un 60%, dependiendo de la modalidad y beneficiario).
Las modalidades de actuación y beneficiarios son los siguientes:
En materia de Deporte: Modalidad 1: Infraestructuras y Equipamientos Deportivos: Entidades Locales de Andalucía y sus Organismos Autónomos. Modalidad 2: Fomento del Deporte Federado: Federaciones y confederaciones deportivas andaluzas. Modalidad 3: Fomento del Deporte Universitario: Universidades públicas andaluzas. Modalidad 4: Fomento del Deporte Local: Entidades Locales de Andalucía y sus Organismos Autónomos. Modalidad 5: Participación en competiciones oficiales: Clubes deportivos andaluces y las Secciones deportivas contempladas en el artículo 20 del Decreto 7/2000, de 24 de enero, de Entidades Deportivas Andaluzas. Modalidad 6: Investigación en el ámbito de la Medicina del Deporte: Universidades públicas andaluzas, así como los Organismos y los Centros Públicos de Investigación con personalidad jurídica propia ubicados en Andalucía. Modalidad 7: Formación en materia de deporte: las personas jurídicas sin ánimo de lucro relacionadas con el asesoramiento y la aplicación del Derecho o cuyas actividades relacionadas con el Deporte resulten de interés para la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, así como las Federaciones y Confederaciones deportivas andaluzas que impartan formación en materia deportiva autorizada por la propia Consejería.
En materia de Turismo: Modalidad 1 (ITL): Infraestructuras Turísticas: Entidades Locales de Andalucía. Modalidad 2 (ITP): Servicios turísticos y creación de nuevos productos: Pequeñas y medianas empresas (pymes). Modalidad 3 (PLY/PPY): Actuaciones integrales que fomenten el uso de las playas: Entidades Locales costeras de Andalucía (PLY) y pequeñas y medianas empresas (PPY). Modalidad 4 (FTE): Fortalecimiento del tejido empresarial turístico andaluz: Entidades asociativas sin ánimo de lucro de ámbito regional o supraprovincial andaluz. Modalidad 5 (SCT): Implantación de sistemas de calidad: Entidades Locales de Andalucía y pequeñas y medianas empresas (pymes). Modalidad 6 (FFI): Formación, fomento de la cultura de la calidad e investigación en materia de turismo: Personas físicas y los entes públicos y privados siempre que entre sus actividades se pueda encuadrar la realización de programas de formación, sensibilización de la cultura de la calidad e investigación en materia de turismo.
En función del tipo de beneficiario serán objeto de subvención líneas como:
En materia de Deporte: Construcción de nuevas instalaciones deportivas, obras de reforma, ampliación, mejora o finalización de instalaciones deportivas, equipamientos deportivos básicos de instalaciones deportivas, entendiendo como tales el suministro de bienes inventariables, el desarrollo de programas de rendimiento, la organización, promoción y ejecución de actividades deportivas ordinarias, la gestión y funcionamiento ordinario, la organización y/o participación en Campeonatos de Andalucía Universitarios, la organización de programas de actividades deportivas propias, y la adquisición de equipos, aparatos y material médico deportivo.
En materia de Turismo: construcciones, excluidos los terrenos, trabajos de proyectos y dirección facultativa, mobiliario, instalación y decoración, equipos para proceso de información, maquinaria y Utillaje, planes de Marketing y Comercialización Turística, y cualquier otra actuación que redunde en una mayor calidad en la prestación de servicios turísticos y un desarrollo integral de los recursos y productos turísticos de Andalucía.
El plazo de presentación de solicitud de ayudas deportivas estará abierto del 1 al 28 de febrero de cada año, y de ayudas turísticas del 15 de enero al 15 de febrero de cada año (en este último caso, las ayudas tendrán un límite de hasta un 40% y un 60%, dependiendo de la modalidad y beneficiario).
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